La Ley de Sanidad de Alimentos de Japón, autoriza al MHLW a establecer normas sobre límites máximos de residuos "LMR" de plaguicidas, aditivos para piensos y drogas veterinarias que pueden permanecer en los alimentos. Estos límites de residuos en Japón indica que cualquier alimento que sea exportado hacia dicho país deberá cumplir con los estándares establecidos en la normativa local según lo dispuesto en el Artículo 11, párrafo 1 de la Ley de Higiene Alimentaria. El incumplimiento de la normativa no permitirá la comercialización de los alimentos importados.
El 29 de mayo de 2006, Japón presentó el Sistema de la Lista Positiva para los productos químicos agrícolas y veterinarios en los alimentos. El MHLW revisa exhaustivamente y de manera integral los LMR existentes, con la finalidad de modificar los límites que se establecieron provisionalmente. La Oficina Comercial de Perú en Tokio ha elaborado la siguiente lista donde se resalta las últimas modificaciones de los LMR para los principales productos exportados a Japón. Las observaciones se deberán canalizar a través del Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial de Comercio.
La OCEX Tokio a través de sus informes periódicos comunica y resume los principales cambios en materia de LMR promulgados en Japón.
Finalmente, PROMPERÚ desde su herramienta digital Plaguicidas LMR, sistematiza la información de los LMRs de pesticidas vigentes de Japón y de otros 30 destinos para 43 productos agrícolas de nuestra oferta exportadora.